Ayudas de comedor, libros y material escolar

Ayudas de comedor, libros y material escolar
 

Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria tienen por objeto la concesión de ayudas destinadas a la compra de material escolar y la concesión de ayudas de comedor escolar de su centro educativo, para el alumnado de San Sebastián de los Reyes que curse estudios (en centros de la Comunidad de Madrid sostenidos con fondos públicos) en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o Formación Profesional Básica o de Grado Medio, y en los correspondientes cursos de Educación Especial.

La cuantía destinada a las ayudas de comedor escolar asciende a 350.000 euros y la destinada a las ayudas de libros de texto y material escolar a 250.000 euros. El procedimiento de concesión de las subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo previsto en el art. 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta agotar el crédito disponible. 

Plazo de presentación de solicitudes del 29 de abril al 22 de mayo.

 

Una vez concluido  el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio de Educación procederá a revisar todas las solicitudes y realizará las consultas pertinentes para verificar la documentación presentada. Posteriormente, se elaborará un listado provisional de admitidos/as y excluidos/as, en el que se indicarán los motivos de exclusión para facilitar la subsanación de posibles errores.

Este listado provisional será publicado en la página web municipal, y los/as  interesados/as, tendrán un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación, para subsanar los defectos observados mediante la aportación de la documentación oportuna.

La presentación de la documentación deberá realizarse por a través del la solicitud de subsanación, la cual podrá presentarse de forma telemática, por medio de la sede electrónica del Ayuntamiento, dentro del apartado de registro de entrada, y/o a en los puestos de registro del Servicio de Atención Ciudadana (SAC). En caso de no presentar la documentación en el plazo establecido, la solicitud será desestimada o considerada como no presentada.

Es importante destacar que la inclusión en el listado provisional no garantiza la concesión definitiva de las ayudas. La resolución definitiva se dará a conocer tras la valoración final de las solicitudes.